Servicio integral de apoyo a las familias en riesgo de desahucio

Servicio dirigido a las personas o familias cuya situación económica de sobreendeudamiento les sitúa en riesgo de desahucio.

Está compuesto por 30 oficinas de información en Castilla y León (Diputaciones y ayuntamientos >20.000 hab.), que prestan a dichas familias un apoyo especializado e
integral,
dirigido a minimizar el impacto personal y social que supone la amenaza o la pérdida de la vivienda habitual.

La oficinas de Insolvencia hipotecaria de la Diputación de Valladolid se encarga de la atención directa al ciudadano, que debe solicitar cita a través del teléfono 012,
donde le informarán sobre el servicio y le darán cita. Realizarán una intervención breve, a lo largo de varias sesiones, en las cuales se ayuda a la familia en la búsqueda y puesta en marcha de soluciones, mediante:

  • Información y asesoramiento en relación con los procesos de insolvencia hipotecaria.
  • Estudio de la conveniencia de la mediación con la entidad financiera para buscar soluciones adaptadas a la capacidad de pago actual y evitar la pérdida
  • de la vivienda, o llegar a una resolución no gravosa del préstamo.
  • Asesoramiento en el procedimiento de ejecución hipotecaria o derivación a los recursos necesarios.
Requisitos de acceso
  • Cualquier persona empadronada en Castilla y León, que tenga dificultades económicas coyunturales o sobrevenidas (desempleo, quiebra, enfermedad, etc.) para afrontar las cuotas hipotecarias o que prevea que no podrá hacerlo en un futuro inmediato, hasta el punto de ver amenazada la vivienda habitual.
  • Que se trate de la vivienda habitual de la persona que demanda el servicio.
  • Que la vivienda hipotecada se encuentre en Castilla y León y su precio de adquisición debe ser inferior a 300.000 

Las dos situaciones posibles en que se encuentran las familias/personas que acuden a la Oficina Local son:

Encontrarse en situación de riesgo inminente de impago de las cuotas del préstamo o en situación de impago de varias cuotas sin haber recibido demanda de ejecución.
Haberse iniciado el procedimiento de ejecución hipotecaria incluso la notificación de subasta o de lanzamiento de la vivienda.